MultiRUT: La punta del Iceberg de las Reformas Laborales
Por Valentina Doniez/investigadora Fundación SOL Este mes se ha reavivado el debate sobre  el “Multirut” y sobre una legislación que pueda ponerle freno a quienes abusan de este fenómeno en desmedro de sus trabajadores. Durante los próximos días se espera que salgan a la luz al menos 2 propuestas; una tiene que ver con el anuncio de algunos senadores de la Concertación que presentarán un proyecto de ley que modifique el concepto de empresa, otra, con la iniciativa de gobierno, que apuntará más bien a aumentar las multas en caso de encubrimiento fraudulento del empleador y a posibilitar la negociación colectiva interempresa, si se cumplen una serie de requisitos. La actual legislación faculta al empresario para dividirse a voluntad en las razones sociales que estime conveniente, lo cual ha generado esquemas de organización empresarial que le permiten maximizar las utilidades sin verse obligados a beneficiar a sus trabajadores. Por ejemplo, en diversos estudios sectoriales, la Fundación SOL ha descrito cómo las empresas utilizan esquemas societarios integrados que dividen la contratación de trabajadores (empresas administradoras de personal) y la explotación del negocio (empresas que acumulan las ventas). De esta forma, ni la Negociación Colectiva ni la legislación sobre Gratificación legal permitiría a estos trabajadores gozar de las utilidades que ellos ayudan a formar. Este caso está bastante expandido en algunas empresas del Retail acá en Chile, situación que no mantienen estas mismas empresas en países extranjeros. Esta materia ha sido constantemente denunciada por los trabajadores puesto que los afecta en una serie de derechos, tanto individuales como colectivos, aunque son estos últimos los que más se ven afectados. Los senadores de oposición que impulsan la moción que modifica el concepto de empresa identifican múltiples derechos que se ven perjudicados: “pago de gratificaciones, derecho a sala cuna, negociación colectiva, constitución de organizaciones sindicales, entre otras”. Cabe recordar que la solución a esta problemática fue un compromiso explícito del presidente Piñera en su discurso del 21 de Mayo pasado y del cual no se ha conocido hasta el momento con claridad el proyecto del ejecutivo. Ya se sabe que la ministra Matthei estuvo esperando contar con un borrador que reflejara algunos preacuerdos de los actores sociales involucrados, personificados por los presidentes de la CPC y la CUT. De todas formas, sea cual sea el o los proyectos que se pongan sobre la mesa, cabe preguntarse si realmente se atacará los problemas de fondo. Hace algunos días se llevó a cabo un seminario organizado por Desarrollo y Trabajo consultores, cuya temática central era el proyecto de ley sobre “Multirut”.  A partir de algunas palabras que allí surgieron quisiera rescatar dos puntos que me parecieron interesantes para la reflexión. En primer lugar, este proyecto de ley no generará condiciones que vayan a transformar sustancialmente la situación de los trabajadores en la actualidad, al menos no las que muchos han querido ver. Se dijo que, a pesar de la norma que señala que una empresa es una individualidad jurídica (artículo 3 del Código del Trabajo), la forma en que funciona el Derecho del Trabajo considera como preponderante el “Principio de Realidad” para juzgar al empleador, por lo que si se determina un fraude (ocultamiento del verdadero empleador por la utilización de múltiples razones sociales), un juez que aplique la jurisprudencia adecuada será capaz de fallar en ese sentido. De hecho, esto es así en la mayor parte de los juicios donde se vulneran derechos individuales, pero la piedra de tope han sido los derechos colectivos. A pesar de esta dificultad, lo cierto es que existe en el plano teórico la fuerza de los argumentos en torno a la posición que se defiende, y eso no es nada nuevo. Como segundo punto, y más importante aún, un experto laboralista puntualizó que la principal dificultad para resguardar efectivamente los derechos de los trabajadores radica en la impotencia de las organizaciones sindicales, entendida como la ineficacia del derecho a huelga y a la negociación colectiva. De ahí se estriba la baja capacidad de los sindicatos para hacer cumplir efectivamente la normativa laboral, tarea que excede meramente la actuación de la Dirección del Trabajo, como lo es hoy en día. Uno podría incluso plantear que si los trabajadores tuvieran un efectivo derecho a huelga y a la movilización, como ocurre en otros países, podrían al menos haber hecho frente a situaciones avergonzantes como que el empleador encierre a sus trabajadores en el turno de noche o muchas otras que ocurren a diario. El centro de su argumentación giraba en torno al hecho de que los problemas del mundo del trabajo son de tal profundidad que se necesitaría una cirugía mayor al sistema de relaciones laborales para hacerle frente y no sólo poner algo de maquillaje en algunos artículos. En ésta, el punto más importante sería la entrega de mayor poder a las organizaciones sindicales, posibilitando la negociación más allá del ámbito de la empresa (interempresa pero también sectorial y nacional) y un derecho a huelga efectivo. Hay muchos temas técnicos, legales y económicos que se cruzan en este proyecto sobre el “Multirut”, los cuales se conocerán en los próximos días. Lo importante es que pueda ponderarse en su justa medida los efectos que tendrán las medidas diseñadas y, ojalá, consiguientemente diéramos una reflexión mucho más amplia e integrada sobre nuestro sistema de relaciones laborales.