Ministra del Trabajo le escribió aclaración en vivo a Monserrat Álvarez: despejó dudas de mujer viuda
Nota de prensa en La Cuarta

Publicada en La Cuarta el 30 de julio de 2020

María José Zaldívar se refirió al caso de entrevistada cuyo marido falleció el jueves pasado. ¿Puede o no retirar su 10%?

Un particular caso dio a conocer este jueves el matinal Contigo en La Mañana. Se trata de la situación que afecta a María Angélica, mujer que enviudó hace una semana y que llegó hasta una sucursal de la AFP para saber si le corresponde o no el 10% de los fondos de su marido, fallecido el pasado jueves.

En el panel, el investigador de la Fundación SOL, Marco Kremerman, se refirió a la situación, explicando que sí puede retirar el dinero.

De igual manera, respecto a la herencia, detalló que «ella no puede retirar completamente los fondos, porque la herencia es el tercer trámite. Lo primero, antes de la herencia, viene la pensión de sobrevivencia. Vale decir, si hay un sobreviviente, que puede ser un cónyuge, hijo o hija, tienen derecho a esa pensión. Y cuando se agota esa pensión de sobrevivencia, si se agotaron los fondos ya no existe herencia, pero cuando fallece el sobreviviente, o cuando el hijo o hija deja de tener 24 años, si es que está estudiando, ahí recién pasamos a la tercera posibilidad del tercer trámite que es la herencia».

Consultado sobre si el trámite -de retiro de fondos- que realizará la mujer será tan expedito como el resto de los casos, Kremerman indicó que «debería ser igual, porque en el fondo este retiro está habilitado para tres tipos de pensiones: invalidez, sobrevivencia y vejez, por lo tanto no tiene que ser más engorroso».

Minutos más tarde, la conductora del espacio, Monserrat Álvarez, reveló un mensaje de WhatsApp que le hizo llegar la ministra del Trabajo, María José Zaldívar.

La aclaración

«Justo me está escribiendo la ministra del Trabajo en este minuto. Yo tenía hartas dudas… en el caso de la señora viuda, recientemente viuda, lo primero que tiene que hacer es el trámite de posesión efectiva en el Registro Civil. Dice, ‘eso es gratuito y rápido’. Por eso yo tenía la duda, porque que ella tiene que acreditar que es viuda y que, por lo tanto, tiene la posesión efectiva de los bienes de su marido», indicó Monse.

«Luego de eso, lo voy a citar textual: ‘con ese trámite se determina quiénes son los herederos y con ese certificado…’, es decir a ella no le sirve en este minuto… tiene que ir a la AFP del marido y le van a constituir su pensión de sobrevivencia. De esa pensión, ella va a poder hacer el retiro del 10%. Entonces, me dice la ministra que  si por internos nos dan los datos de la señora María», cerró.