Contenido de la Reforma Laboral del año 2001, Ley Nº19.759
Esta iniciativa, se identificaba con los siguientes objetivos: i) "Perfeccionamiento de normas sobre organizaciones de trabajadores y de protección contra las prácticas antisindicales"; ii) "Posibilitar relaciones laborales armónicas en un mudo globalizado"; iii) "Mejoramiento del respeto de los derechos fundamentales de los trabajadores"; iv) "Perfeccionamiento al régimen de capacitación laboral; v) La incorporación al Código del Trabajo de nuevas modalidades de contratación"; y vi) "Protección a los trabajadores de temporada". Estos objetivos se abordaron a través de los siguientes puntos: a) Normas sobre Libertad Sindical: estimular y favorecer la formación de sindicatos, protección del derecho de sindicalización y fuero para la constitución de sindicato, mayor representación sindical, reconocimiento de la fusión de dos o más organizaciones sindicales, beneficios sindicales postcontrato, etc. b) Protección contra las prácticas antisindicales: facultad de la Dirección del Trabajo para disponer reintegro del trabajador, la publicación de las empresas que cometan tales violaciones a la ley, etc. c) Protección de los derechos fundamentales: incorporar el Convenio Nº111 de la OIT sobre no discriminación en el empleo en la legislación interna. d) Modernización de las normas de amparo a los derechos laborales: modificar el concepto de empresa vinculándolo con el concepto de empleador, reglamentar las horas extraordinarias y uniformar el régimen de multas. e) Nuevas modalidades de contratación y formas promocionales de empleo: tipificación del contrato a tiempo parcial, regularización del trabajo prestado en lugares distintos al de la empresa (teletrabajo), contrato de promoción de empleo juvenil, etc. f) Adaptabilidad de la jornada de trabajo: límite de 12 horas en la jornada diaria y derecho a descanso semanal, autorización para pactar mensualización de la jornada laboral, reconocimiento de la polifuncionalidad. g) Trabajadores de temporada: explicitación de deberes de alimento, alojamiento y traslado del empleador y registro de los enganchadores en la Inspección del Trabajo. Adicionalmente, el proyecto durante su proceso de tramitación incorporó cuatro puntos adicionales: derecho a información de la empresa antes de los procesos de negociación y dotar de mayor formalidad a los convenios colectivos; aumento del costo para la empresa en caso de reemplazo por huelga; perfeccionamiento de los esquemas de flexibilización de la jornada de trabajo y regulación de las empresas que proveen trabajadores para servicios temporales en diversas empresas. Finalmente, fueron rechazadas de la iniciativa final las siguientes materias: i) Las normas sobre trabajo realizado en régimen de subcontratación y suministro de trabajadores (lo que se convirtió en ley el año 2007)). ii) La eliminación del concepto de empresa (a través de este espacio legal muchas compañías han creado distintas unidades de negocios a través de distintas razones sociales, eludiendo responsabilidades laborales y previsionales) iii) La eliminación de los reemplazantes para el caso de huelga. iv) La posibilidad de que empleadores y trabajadores pacten jornadas de trabajo sobre la base de los ciclos de producción. Todas las normas pertenecientes a la Ley Nº19.759, entraron en vigencia el 1 de diciembre de 2001, excepto aquella que reduce la jornada semanal de trabajo desde 48 a 45 horas, la cual sólo se hizo operativa a partir del 1 de enero de 2005. Descargar aquí los documentos: Ley Nº 19.759 e Historia de la leyInforme de la Comisión Investigadora encargada de analizar la situación de los derechos de los trabajadores como consecuencia de las modificaciones introducidas por la ley Nº 19.759
A mediados de septiembre de 2005, la Cámara de Diputados aprobó con un amplio consenso el informe de la comisión Investigadora encargada de analizar la situación de los Derechos de los Trabajadores como consecuencia de las modificaciones introducidas por la Ley Nº19.759, más conocidas como las reformas laborales del año 2001. Esta es la segunda comisión investigadora que analiza los incumplimientos empresariales de la normativa laboral vigente, cuyas conclusiones coinciden completamente con aquellas emanadas de la primera comisión creada en el año 2001 (la cual impulsó la Ley Nº19.759)- ¿Por qué nace esta Comisión Especial Investigadora?
- Principales Denuncias y Antecedentes entregados a la Comisión
- Conclusiones y Propuestas del Informe redactado por la Comisión
[1] Informe Final Comisión Investigadora, pág. 3 [2] Informe Final Comisión Investigadora, Claudio Aravena, representante de la Confederación Nacional de Trabajadores del Comercio, pág. 103 [3] Informe Final Comisión Investigadora, pág. 137 [4] En relación a este punto, es preciso destacar que fue promulgada esta ley y que comenzó a funcionar a partir del año 2008. Descargar aquí el documento: Informe Comisión Investigadora sobre Situación de los Trabajadores 2005